- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 162
Artículo 162 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Agencia de Protección Sanitaria puede actuar de inmediato en lugares, productos, personas o servicios que representen un peligro grave y urgente para la gente, como por ejemplo con alimentos contaminados o medicamentos falsos. Su objetivo es reducir los riesgos y evitar daños a la salud. En estos casos de emergencia, puede saltarse algunos trámites normales, siempre y cuando explique por qué lo hizo y ponga como prioridad el derecho a la salud de todos.
Texto oficial
Artículo 162. La Agencia de Protección Sanitaria está facultada para intervenir de forma urgente mediante acciones de fomento, vigilancia, control y regulación sanitaria en establecimientos, productos, personas y servicios que presenten un riesgo inminente y grave a la población, lo anterior con la finalidad de disminuir la exposición a los posibles daños a la salud, por lo que podrá en estos casos excusarse de forma justificada de dar cumplimiento a las formalidades establecidas en este título, bajo la premisa mayor del derecho a la salud.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.