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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-salud/173
Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
173

Artículo 173 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un certificado, según este artículo, es un documento oficial que emite la autoridad de salud para comprobar o informar sobre algo específico. Por ejemplo, la autoridad sanitaria puede darte un certificado de nacimiento, de defunción, de muerte fetal o de que un producto o servicio cumple con las reglas de salud. También se pueden emitir otros certificados que marque la Ley General de Salud o sus reglamentos. En pocas palabras, es un papel oficial que sirve para acreditar ciertos hechos relacionados con la salud.

Texto oficial

Artículo 173. Se entiende por certificado, la constancia expedida en los términos que establezca la autoridad sanitaria correspondiente para la comprobación o información de determinados hechos. Para fines sanitarios, la autoridad sanitaria competente, a través de las unidades administrativas correspondientes, extenderá, entre otros, los siguientes certificados: De nacimiento; De defunción; De muerte fetal; De condición sanitaria de productos, procesos o servicios, y Los demás que determine la Ley General y sus reglamentos.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.