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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-salud/40
Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
40

Artículo 40 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Salud Mental de la Ciudad de México es un grupo de expertos que aconseja al gobierno sobre cómo mejorar la salud mental de la gente. Su chamba es revisar y sugerir ideas para los planes y programas que el gobierno quiera hacer en este tema. No toma decisiones, solo da recomendaciones para que las autoridades hagan mejor su trabajo. En pocas palabras, es como un equipo de asesores especializados en salud mental.

Texto oficial

Artículo 40. El Consejo de Salud Mental de la Ciudad de México es un órgano de consulta, análisis y asesoría para el desarrollo de planes, programas y proyectos que realice el Gobierno en materia de salud mental.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.