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Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Salud Mental de la Ciudad de México se encarga de crear y revisar las políticas para prevenir problemas de salud mental y ayudar a quienes los tienen. También analiza y da su opinión sobre los planes de atención en salud mental, tomando en cuenta lo que diga la ciudadanía. Sirve como un grupo de expertos al que siempre se puede consultar sobre proyectos relacionados con la salud mental. Además, conecta al gobierno, las empresas y las organizaciones sociales para trabajar juntos en beneficio de todos. Por último, hace cualquier otra tarea que le asigne esta ley u otras reglas aplicables.

Texto oficial

Artículo 41. El Consejo de Salud Mental de la Ciudad de México tendrá las siguientes funciones: Diseñar y evaluar políticas de prevención y atención integral en materia de promoción a la salud mental; Analizar y asesorar los planes y proyectos de las acciones para la atención de la salud mental en la Ciudad de México, así como la participación ciudadana; Funcionar como un organismo de consulta permanente de planes, proyectos y programas encaminados hacia la atención integral de la salud mental; Desempeñarse como un organismo de vinculación entre los sectores público, social y privado, en materia de salud mental, para la implementación de estrategias que beneficien a la población, y Las demás que le reconozca la presente Ley y demás disposiciones normativas aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.