- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 56
Artículo 56 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 56 dice que la medicina preventiva, que es la que se enfoca en evitar enfermedades antes de que aparezcan, y las redes de servicios de salud (como los hospitales y clínicas trabajando juntos) son lo más importante en la salud pública. La Secretaría de Salud, que es la dependencia del gobierno encargada de cuidar tu salud, debe darle prioridad a estas dos cosas al hacer sus planes, presupuestos y acuerdos. En otras palabras, al decidir cómo gastar dinero, organizar servicios o hacer convenios, la prevención y el trabajo en equipo de los centros de salud son primero.
Texto oficial
Artículo 56. La medicina preventiva y las Redes Integradas de Servicios de Salud constituirán la base de la acción en materia de salud pública y tendrán preferencia en el diseño programático, presupuestal y de concertación de la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.