- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno de la Ciudad, por medio de la Secretaría de Salud, tiene la obligación de darte atención médica y medicamentos sin costo si vives aquí y no tienes seguro del trabajo (como IMSS o ISSSTE). Si en un centro de salud no tienen la medicina que te recetaron, el personal médico podrá revisar una plataforma especial para encontrar en qué otra unidad de la Secretaría sí está disponible y surtirte el medicamento. Así, no te quedas sin tu tratamiento aunque falte en el primer lugar al que vayas.
Texto oficial
Artículo 9. El Gobierno, a través de la Secretaría, garantizará el acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos a las personas habitantes en la Ciudad que no estén incorporadas a algún régimen de seguridad social laboral. Ante la inexistencia de alguno de los medicamentos prescritos en las unidades médicas de la Secretaría, se dispondrá de una plataforma para consulta del personal de salud, en donde se cuente con la información que permita dotar el medicamento requerido en otra unidad médica de la Secretaría. Párrafo adicionado G.O. CDMX 19/01/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.