- Ley
- Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México, junto con un Consejo, es la encargada de crear el Programa de Seguridad Alimentaria (un plan para que todas las personas tengan suficiente comida nutritiva). También debe hacer acuerdos con otras oficinas del gobierno para solucionar problemas de hambre y mala alimentación, y organizar campañas para informar a la gente sobre cómo comer mejor. Además, tiene que invitar a la sociedad a participar cuando se creen estas políticas, y mantener al público al tanto de los problemas y soluciones en el tema. Por último, debe revisar cada año si el programa está funcionando y coordinar proyectos con las alcaldías (antes llamadas delegaciones) en toda la Ciudad.
Texto oficial
Artículo 10. Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, a través del Consejo: Formular el Programa Seguridad Alimentaria, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración relacionadas con la materia; Promover la celebración de convenios para la solución a los problemas relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional; Elaborar los Criterios de Ejecución del Programa; Promover y fomentar la participación de la sociedad, en la elaboración de las políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional; Organizar campañas de orientación e información nutricional; Establecer convenios específicos de colaboración con instituciones y organismos públicos, sociales y privados que brinden orientación alimentaria a la población en general. Mantener informada a la sociedad del Distrito Federal sobre los problemas y las medidas tomadas entorno a la seguridad alimentaria y nutricional; Realizar y mantener actualizado el diagnóstico y el pronóstico de los problemas relativos a la seguridad alimentaria y nutricional, así como sus indicadores; Coordinar el desarrollo de las políticas, programas y acciones, con las demás dependencias de la Administración y con los habitantes del Distrito Federal; Realizar una evaluación anual de impacto del Programa de Seguridad Alimentaria y Nutricional; Coordinar con las Delegaciones los proyectos y acciones en materia de Seguridad Alimentaria comunes a todo el Distrito Federal, y Elaborar los lineamientos de seguridad alimentaria y nutricional en conformidad con los establecidos en el artículo 34 de la presente ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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