Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-seguridad-alimentaria-nutricional-distrito-federal/27
Ley
Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
Artículo
27

Artículo 27 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si alguien desobedece lo que marca esta ley, su reglamento o las reglas que salgan de ella, el gobierno de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) va a castigarlo o multarlo. Es decir, la autoridad local es la encargada de aplicarte una sanción si no cumples con lo que aquí se ordena. Las sanciones pueden ser desde una multa hasta otras consecuencias, según lo que diga la ley específica. En pocas palabras, el gobierno de la ciudad te puede hacer responsable si haces algo prohibido.

Texto oficial

Artículo 27. Las violaciones a lo establecido por la presente Ley, su reglamento, y demás disposiciones que de ella emanen, serán sancionadas por la Administración Pública del Distrito Federal.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.