- Ley
- Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
- Artículo
- 4
Artículo 4 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si esta Ley no dice algo sobre un caso específico, se usan otras leyes parecidas para resolverlo. Las leyes que pueden usarse como "apoyo" son: la Ley de Desarrollo Social, la Ley de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México y la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, entre otras que apliquen. En pocas palabras, cuando esta norma no cubra una situación, se recurre a esas otras leyes para llenar el vacío. Esto evita que queden asuntos sin resolver.
Texto oficial
Artículo 4º. En lo no previsto por esta Ley se aplicará supletoriamente la Ley de Desarrollo Social, la Ley de Planeación de Desarrollo del Distrito Federal, la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y demás leyes aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.