Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-seguridad-alimentaria-nutricional-distrito-federal/5
Ley
Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todas las acciones que se hagan por esta ley deben seguir las metas y planes del Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México. Además, siempre tienen que tomar en cuenta la opinión y participación de las alcaldías (antes delegaciones) y de los grupos de la gente, cada quien en lo que le toca.

Texto oficial

Artículo 5º. Las actividades que emanen de la presente Ley se planearán y conducirán en apego y concordancia a los objetivos, estrategias y prioridades del Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México, buscando en todo momento la participación de las Jefaturas Delegacionales y grupos sociales en su ámbito de competencia.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.