- Ley
- Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría es la encargada de llevar un registro de todas las empresas de seguridad privada, como si fuera una lista oficial. Este registro sirve para controlar y dar seguimiento a esas empresas. Todo se hace siguiendo las reglas que marca esta ley y otras normas que apliquen. En pocas palabras, es la forma en que el gobierno sabe quiénes trabajan en seguridad privada y que cumplan con lo que pide la ley.
Texto oficial
Artículo 23.- Estará a cargo de la Secretaría el Registro de la Seguridad Privada, el cual tiene encomendado el desempeño de la función registral en todos sus órdenes, de acuerdo con ésta Ley y las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.