- Ley
- Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
- Artículo
- 61
Artículo 61 de la Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los que trabajan en la Unidad de Verificación tienen que demostrar que saben de administración y seguridad privada, y también de derechos humanos. Esto significa que deben comprobar que estudiaron o recibieron capacitación en esos temas. No es solo tener el papel, sino saber realmente de qué se trata. Así garantizan que hacen bien su trabajo y respetan los derechos de las personas.
Texto oficial
Artículo 61.- Los integrantes de la Unidad de Verificación deberán acreditar conocimientos en materia de administración y seguridad privada, así como conocimientos en derechos humanos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.