- Ley
- Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
- Artículo
- 64
Artículo 64 de la Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Verificación emite dictámenes (opiniones técnicas sobre algo que revisaron). Esos dictámenes sirven como información básica para que, siguiendo los pasos legales, se pueda llevar ante el Ministerio Público a las personas que posiblemente cometieron un delito. En pocas palabras, lo que la Unidad investiga se usa como evidencia para que el Ministerio Público decida si acusa a alguien.
Texto oficial
Artículo 64.- Los dictámenes expedidos por la Unidad de Verificación, tendrán carácter de información básica para que, a través de los conductos legales correspondientes, se ponga a disposición del Ministerio Público a quienes se atribuya la probable comisión de delitos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.