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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-anticorrupcion/11
Ley
Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presidente del Comité Coordinador se va a turnar cada año entre las personas que forman parte del Comité de Participación Ciudadana. Esto significa que cada año le toca a un miembro diferente del Comité de Participación Ciudadana ocupar la presidencia para que el sistema funcione bien. Así, no hay una sola persona al mando por mucho tiempo, sino que se van turnando.

Texto oficial

Artículo 11. Para el adecuado funcionamiento del Sistema Local, la presidencia del Comité Coordinador durará un año, y será rotativa entre las y los miembros del Comité de Participación Ciudadana.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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