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Ley
Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Accesibilidad universal significa que todo (lugares, procesos, cosas, servicios, herramientas) debe estar diseñado para que cualquier persona pueda entenderlo, usarlo y moverse en él fácilmente, sin ayuda de nadie, de forma segura y cómoda. Acción gubernamental son los pasos que da el gobierno para resolver problemas, usando planes, programas y leyes. Acciones afirmativas son ayudas temporales para personas o grupos que sufren discriminación, con el fin de igualar sus oportunidades mientras dure la situación injusta. Administración pública son las oficinas y dependencias del gobierno de la Ciudad de México, como la Jefatura de Gobierno y las Alcaldías. Alcaldías son las autoridades que gobiernan cada zona o colonia de la Ciudad de México. Articulación es cuando varias autoridades del gobierno trabajan juntas, cada una en lo que le toca, para lograr una misma meta. Autoridades de la Ciudad son todos los poderes y organismos del gobierno de la CDMX (Jefatura, Alcaldías, Congreso, Jueces, etc.) que pueden tomar decisiones o hacer cosas que afectan tus derechos. Ciudad se refiere a la Ciudad de México. Comisión es la Comisión de Derechos Humanos de la CDMX, que defiende tus derechos. Comité es el grupo que coordina el Sistema de Derechos Humanos. Congreso Local es el Congreso de la Ciudad de México, que hace las leyes. Constitución Local es la ley más importante de la CDMX. Coordinación efectiva es cuando los distintos poderes del gobierno y las personas trabajan juntos de manera eficiente para vigilar que se cumplan los derechos. Criterios de orientación son principios que el Sistema de Derechos Humanos da para que el gobierno planee y gaste su presupuesto, siempre pensando en los

Texto oficial

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: Accesibilidad universal: La condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible; Acción gubernamental: El ejercicio de las instancias implementadoras a través de planes, diagnósticos, políticas públicas, programas y medidas administrativas, legislativas y judiciales, en su caso; Acciones afirmativas: Las medidas especiales, específicas y de carácter temporal, a favor de personas o grupos en situación de discriminación, cuyo objetivo es corregir situaciones patentes de desigualdad en el disfrute o ejercicio de derechos y libertades, aplicables mientras subsistan dichas situaciones; Administración pública: La Jefatura de Gobierno, dependencias, órganos desconcentrados, Alcaldías y entidades que componen la Administración Pública Centralizada y Paraestatal de la Ciudad de México; Alcaldías: Los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; Articulación: La coordinación entre diferentes autoridades para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñen, ejecuten y evalúen acciones gubernamentales a la consecución de un mismo fin, de conformidad con las metas y objetivos previstos en las disposiciones aplicables; Autoridades de la Ciudad: La Jefatura de Gobierno, Dependencias, Órganos Desconcentrados, órganos y entidades que conforman la administración pública centralizada y paraestatal de la Ciudad de México; las Alcaldías; el Poder Legislativo de la Ciudad de México; el Poder Judicial de la Ciudad de México; y los Órganos Autónomos de la Ciudad de México; que dicten, ordenen, ejecuten o traten de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria, u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas. Ciudad: La Ciudad de México; Comisión: La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Comité: El Comité Coordinador del Sistema Integral de Derechos Humanos; Congreso Local: El Congreso de la Ciudad de México; Constitución Local: La Constitución Política de la Ciudad de México; Coordinación efectiva: La articulación eficaz y eficiente de los distintos Poderes de la Ciudad, los Organismos Constitucionales Autónomos y las Alcaldías con las personas titulares de derechos para dar seguimiento a la acción de gubernamental; Criterios de orientación: Principios emitidos por el Sistema Integral que deben ser atendidos en la planeación, programación y presupuestación de la acción gubernamental, así como en su seguimiento y evaluación; Derechos humanos: Atributos inherentes a los seres humanos reconocidos en la Constitución Local y Federal, así como en los Tratados e Instrumentos Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, así como las interpretaciones al efecto realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los órganos internacionales en materia de derechos humanos. Diagnóstico: El o los diagnósticos de derechos humanos de la Ciudad de México; Enfoque de derechos humanos: La herramienta metodológica que incorpora los principios y estándares internacionales en el análisis de los problemas, en la formulación, presupuestación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, programas y otros instrumentos de cambio social; apunta a la realización progresiva de todos los derechos humanos y considera los resultados en cuanto a su cumplimiento y las formas en que se efectúa el proceso; su propósito es analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias; Entes Obligados: Los Poderes de la Ciudad de México, los organismos constitucionales autónomos y las alcaldías; Espacios de participación: Los grupos de trabajo temáticos del Sistema Integral que tienen como propósito ampliar la participación y coordinación entre las personas titulares de derechos y los entes públicos, en la acción gubernamental; Evaluación: El análisis de los resultados de la implementación en relación a la relevancia, eficiencia, efectividad, impactos y sostenibilidad de las acciones, medidas, programas y políticas públicas implementados para el cumplimiento de los derechos humanos; Formatos Accesibles: El acceso a la información de cualquier manera o vía alternativa, en forma viable, idónea o cómoda para cualquier persona, eliminando las barreras o dificultades para las personas con discapacidad para acceder a cualquier texto impreso o cualquier otro formato convencional en el que la información pueda encontrarse; Implementación: La ejecución de las medidas, acciones, actividades institucionales, diagnósticos, objetivos, estrategias, metas, medidas y líneas de acción de planes, programas y políticas públicas generadas para la plena realización y progresividad de los derechos consagrados en la Constitución; Información estadística: Los datos organizados acerca de la situación económica, demográfica, social, ambiental y de derechos humanos; Instancia Ejecutora: La Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos; Instancias implementadoras: Las instituciones o áreas dependientes de los Poderes de la Ciudad, los organismos constitucionales autónomos y alcaldías responsables de la implementación de acciones para el cumplimiento del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Instancias Transversalizadoras: Las instancias implementadoras responsables de orientar y elaborar el diseño de políticas públicas con enfoque diferencial; Instituto de Planeación: El Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México; Ley: La Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Ley de Planeación: La Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; Ley Constitucional: La Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México; Medidas de inclusión: Las disposiciones de carácter preventivo o correctivo, cuyo objeto es eliminar actitudes y mecanismos de exclusión o diferenciaciones desventajosas para que todas las personas gocen y ejerzan sus derechos en igualdad de trato; Medidas de nivelación: Las que tienen por objeto superar o eliminar las barreras físicas, comunicacionales, normativas o de otro tipo, que obstaculizan el ejercicio de derechos y libertades a grupos de atención prioritaria; Organismos Autónomos: El Consejo de Evaluación de la Ciudad de México; la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México; la Fiscalía General de Justicia; el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; el Instituto Electoral de la Ciudad de México; el Instituto de Defensoría Pública y el Tribunal Electoral de la Ciudad de México. Opinión de congruencia: La validación que emita la Instancia Ejecutora respecto de la congruencia existente entre los instrumentos de planeación o programación presupuestal de los entes obligados, con el Programa de Derechos Humanos y demás instrumentos del Sistema Integral; Poder Judicial: El Tribunal Superior de Justicia que cuenta con una Sala Constitucional, el Consejo de la Judicatura y los Juzgados; Problema público: Es aquel que afecta el ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas que viven y transitan la Ciudad, que no puede ser resuelto por la sociedad, pero le da carácter público y por ello es el gobierno quién lo debe resolver en forma eficaz y eficiente; Programa: El Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Progresividad: el principio por el que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán incrementar gradualmente la garantía de los derechos, hasta el máximo de sus posibilidades, especialmente en materia de asignaciones de recursos destinados a su cumplimiento; Reglamento: El Reglamento de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Seguimiento: El acompañamiento continuado al desarrollo de las acciones, medidas y a la elaboración de programas y políticas públicas que implementen las instancias vinculadas con el programa; Sistema de Planeación: El Sistema de Planeación de la Ciudad de México; Sistema Integral: El Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad; Transparencia Proactiva: El Conjunto de actividades que promueven la identificación, generación, publicación y difusión de información adicional a la establecida con carácter obligatorio por la Ley General, que permite la generación de conocimiento púbico útil con un objeto claro enfocado en las necesidades de sectores de la sociedad determinados o determinables, y Vinculación: La determinación de los poderes, organismos autónomos constitucionales y alcaldías de incorporar en sus acciones gubernamentales e instrumentos de planeación el Programa y otros instrumentos del Sistema Integral.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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