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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-planeacion-desarrollo/18
Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de la Dirección General tiene que ser alguien que sepa bien de planeación del desarrollo. Esa persona es la que representa legalmente al Instituto y se encarga de que funcione, opere y cumpla sus metas. Todo lo que haga debe seguir los acuerdos y reglas que haya aprobado la Junta de Gobierno (que es como el grupo de jefes que toman las decisiones más importantes).

Texto oficial

Artículo 18.- La persona titular de la Dirección General será una persona experta en planeación del desarrollo, a quien corresponderá la representación jurídica, la gestión, operación, funcionamiento y ejecución de los objetivos del lnstituto, con apego a los acuerdos y lineamientos aprobados por la Junta de Gobierno.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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