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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-planeacion-desarrollo/19
Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o la jefa de la Dirección General será elegido por el Congreso con el voto de la mayoría de sus integrantes, y solo podrán escoger entre tres candidatos que proponga el Comité de Selección. Su puesto durará cinco años. Para que haya igualdad entre hombres y mujeres, se tiene que ir turnando el género de la persona que ocupe este puesto, es decir, si ahora toca un hombre, la próxima vez será una mujer.

Texto oficial

Artículo 19.- La persona titular de la Dirección General será designada por mayoría calificada de los miembros del Congreso, a partir de una terna propuesta por el Comité de Selección. Durará en su encargo cinco años, se garantizará el principio de igualdad, por lo que tendrá que existir alternancia en el género de la persona candidata y el o la titular de la Dirección General.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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