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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-planeacion-desarrollo/21%20BIS
Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
21 BIS

Artículo 21 BIS de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el director o directora general renuncia o deja el puesto para siempre, el Comité de Selección tiene hasta 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para mandar al Congreso una lista con tres candidatos para ocupar el cargo.

Texto oficial

ARTÍCULO 21 BIS. - En caso de renuncia o falta definitiva de la persona titular de la Dirección General, el Comité de Selección deberá remitir en un periodo no mayor a treinta días hábiles, una nueva terna al Congreso. Artículo adicionado G.O. CDMX 27/08/25 SECCIÓN TERCERA DEL DIRECTORIO TÉCNICO

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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