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Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Sistema de Información de la Ciudad de México debe juntar, ordenar y mantener actualizada mucha información útil para planear el desarrollo de la ciudad. Por ejemplo, debe incluir datos sobre la población, el agua, la energía, el medio ambiente, la economía y la cultura, así como los proyectos de obras públicas y privadas. También debe tener los estudios de derechos humanos, los planes del gobierno y los resultados de consultas ciudadanas. Toda esta información debe estar ordenada por lugar y por fecha, y debe estar disponible para que cualquier persona pueda consultarla y darle seguimiento a lo que se hace en la ciudad.

Texto oficial

Artículo 39.- El Sistema de Información integrará, organizará y actualizará, temporal y espacialmente, al menos, la información relativa a: Datos y análisis demográficos, geográficos, gestión integral del riesgo, agua, energía, del ecosistema y ambientales, territoriales, sociales, económicos, culturales e institucionales; Políticas, acciones, proyectos, servicios públicos, inversiones y demás información requerida para la planeación del desarrollo de la Ciudad; Estudios e informes generados por el Consejo de Evaluación y por el Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Planes y programas federales y locales, y sobre los proyectos y acciones que se estén realizando; Informes, investigaciones y documentos relevantes derivados de actividades científicas, académicas y trabajos técnicos necesarios para la planeación; Protocolos, metodologías, calendarios, convocatorias, resultados de consultas, opiniones técnicas, acuerdos, relatorías y demás información de consulta y participación ciudadana; Datos y documentos en su versión pública que permitan el seguimiento de la obra pública y privada en la Ciudad; Información de los proyectos que se sometan a consulta pública, y Instrumentos de planeación del desarrollo en su versión vigente y su historial.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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