Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sociedades-mutualistas/17
Ley
Ley de Sociedades Mutualistas de la Ciudad de México
Artículo
17

Artículo 17 de la Ley de Sociedades Mutualistas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Sociedades Mutualistas (un tipo de seguro o ahorro en grupo) pueden guardar ganancias de años pasados para usarlas en su operación diaria. Esas ganancias se toman en cuenta para calcular el coeficiente de solvencia, que es como un examen financiero que mide si la mutualista tiene suficiente dinero para cubrir sus obligaciones. En otras palabras, si la empresa ahorró dinero antes, eso le sirve para demostrar que está en buena situación económica. Esto lo revisan con las reglas del artículo 18 de esta misma ley.

Texto oficial

Artículo 17.- Las Sociedades Mutualistas podrán mantener remanentes de ejercicios anteriores afectos a su operación, los cuales serán computables para determinar su coeficiente de solvencia a que se refiere el artículo 18 de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Sociedades Mutualistas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.