- Ley
- Ley del Territorio de la Ciudad de México
- Artículo
- 36
Artículo 36 de la Ley del Territorio de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso va a decidir cuándo nace y empieza a trabajar una nueva demarcación (como un nuevo municipio o alcaldía), y también le asignará un presupuesto. Además, definirá cómo se van a pasar los empleados, los bienes y el dinero que antes pertenecían a otra zona, incluyendo las deudas que la nueva demarcación tendrá que pagar. Todo esto se hará en un decreto que el Congreso publicará.
Texto oficial
Artículo 36. En el Decreto correspondiente, el Congreso determinará la fecha de creación e inicio de funciones, asignación presupuestal, así como la forma en que se trasladaran los recursos humanos, materiales, económicos y financieros, incluyendo las obligaciones a cargo de la nueva demarcación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.