- Ley
- Ley del Territorio de la Ciudad de México
- Artículo
- 45
Artículo 45 de la Ley del Territorio de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para efectos de esta ley, los días hábiles son todos los días del año, menos los sábados, domingos, días festivos y periodos de vacaciones oficiales. Esto significa que, si necesitas hacer un trámite o presentar un documento, solo cuentan los días que no sean fines de semana ni días de descanso marcados en el calendario oficial. El Congreso es quien define cuáles son esos días festivos y vacaciones. En pocas palabras, los días hábiles son los días que sí se trabajan de forma normal.
Texto oficial
Artículo 45. Se consideran como hábiles, para los efectos de esta Ley, todos los días del año, excepto sábados, domingos, días festivos y periodos vacacionales, de conformidad con el calendario oficial y las disposiciones que para tal efecto señale el Congreso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.