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Ley
Ley del Territorio de la Ciudad de México
Artículo
57

Artículo 57 de la Ley del Territorio de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay una pelea por los límites de un estado o territorio, y ese asunto llega al Congreso para que lo revise, los diputados tienen que enviarlo a una comisión especial en la siguiente junta que tengan todos juntos. Ahí, esa comisión se va a encargar de estudiarlo y analizarlo a fondo para después dar su opinión.

Texto oficial

Artículo 57. Los diferendos limítrofes sometidos a la consideración del Congreso, serán remitidos, en la sesión próxima inmediata del Pleno, a la Comisión Legislativa para su estudio y análisis.

Ver texto oficial de la Ley del Territorio de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.