- Ley
- Ley del Territorio de la Ciudad de México
- Artículo
- 78
Artículo 78 de la Ley del Territorio de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se aprueba un decreto que arregla los problemas de límites entre estados o municipios, todas las autoridades tienen que hacer los cambios que les toquen para que se cumpla al pie de la letra. Por ejemplo, si un municipio pierde un terreno, su gobierno debe actualizar mapas, documentos o servicios públicos en esa zona. Cada quien ajusta lo que está bajo su responsabilidad, sin excusas.
Texto oficial
Artículo 78. A partir de la aprobación del decreto que resuelva los diferendos limítrofes, todas las autoridades están obligadas a realizar las adecuaciones necesarias en el ámbito de sus atribuciones, que permitan el cabal cumplimiento del mismo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.