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Ley
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
Artículo
190

Artículo 190 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno te perdona o reduce una deuda de impuestos, esa información deja de ser secreta. Cualquier persona puede saber quién eres, cuánto te perdonaron y por qué motivo lo hicieron. Esto aplica aunque hayas pagado menos o te hayan condonado completamente el adeudo fiscal. En pocas palabras, si te beneficiaste con una rebaja de impuestos, tu nombre y el monto se hacen públicos.

Texto oficial

Artículo 190. Los créditos fiscales respecto de los cuales haya operado una disminución, reducción o condonación no podrán ser motivo de confidencialidad. Es público el nombre, el monto y la razón que justifique el acto.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.