- Ley
- Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Comisionados (jefes de ciertos organismos reguladores) pueden ser despedidos antes de que termine su encargo solo si cometen una falta muy grave. Esas faltas graves incluyen: atacar las instituciones democráticas o la forma de gobierno del país, violar derechos humanos o garantías de la gente de manera constante, atacar el derecho al voto, hacerse pasar por otro funcionario, desobedecer la Constitución o las leyes causando daños graves a la sociedad, no cumplir repetidamente con sus obligaciones legales, o ser condenados a prisión por algún delito. Además, pueden ser sometidos a un juicio político (un proceso especial para castigar a funcionarios públicos por malas acciones).
Texto oficial
Artículo 42. Los Comisionados podrán ser removidos durante el periodo para el cual fueron designados, solamente en términos de lo dispuesto en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y serán sujetos de juicio político. Las causas graves de remoción son las siguientes: Ataque a las instituciones democráticas; El ataque a las formas de gobierno republicano, representativo y local; Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales; Ataques a la libertad de sufragio; La usurpación de funciones; Cualquier infracción a la Constitución o a las Leyes locales cuando cause perjuicios graves a la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones; Incumplir de manera notoria y reiterada con las obligaciones establecidas en la Ley y las demás disposiciones que de ella emanen; o Ser sentenciado por la comisión de delito que merezca pena privativa de libertad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.