- Ley
- Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
- Artículo
- 97
Artículo 97 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Consultivo Ciudadano es un grupo de personas que ayudan dando su punto de vista, pero no toman decisiones finales. Entre sus labores está opinar sobre el plan de trabajo anual del Instituto y revisar si se cumplió, así como dar su opinión sobre el presupuesto del año siguiente. También puede revisar el informe de cómo se gastó el dinero en los programas y hacer comentarios al respecto. Además, puede dar opiniones técnicas para mejorar el trabajo del Instituto, proponer programas y proyectos relacionados con temas como transparencia y acceso a la información, y organizar pláticas entre la sociedad civil y las autoridades para fortalecer estos temas.
Texto oficial
Artículo 97. El Consejo Consultivo Ciudadano tendrá las siguientes funciones: Opinar sobre el programa anual de trabajo y su cumplimiento; Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente; Conocer el informe del Instituto sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio presupuestal y emitir las observaciones correspondientes; Emitir opiniones no vinculantes, a petición del Instituto o por iniciativa propia sobre temas relevantes en las materias de transparencia, acceso a la información, apertura gubernamental, rendición de cuentas y protección de datos personales; Emitir opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones sustantivas del Instituto; Opinar sobre la adopción de criterios generales en materia sustantiva; Analizar y proponer la ejecución de programas, proyectos y acciones relacionadas con las materias de transparencia, acceso a la información, apertura gubernamental, rendición de cuentas y protección de datos personales; Elaborar los Indicadores de evaluación y seguimiento del Programa Local de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales, Apertura Gubernamental y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; y Impulsar mesas de diálogo entre las organizaciones de la sociedad civil, el Instituto y los sujetos obligados para fortalecer los mecanismos de transparencia y acceso a la información pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.