- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto y todas las dependencias del gobierno tienen que operar siguiendo reglas claras para que la gente confíe en ellos. Esto significa que deben actuar con seguridad (certeza), hacer bien su trabajo (eficacia), ser justos y sin favoritismos (imparcialidad), y no dejarse presionar por nadie (independencia). También tienen que cumplir la ley al pie de la letra (legalidad), dar a conocer la mayor cantidad de información posible (máxima publicidad), ser honestos y basarse en hechos (objetividad), actuar con seriedad y conocimiento (profesionalismo), y ser totalmente abiertos sobre lo que hacen (transparencia).
Texto oficial
Artículo 11. El Instituto y los sujetos obligados deberán regir su funcionamiento de acuerdo a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.