- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Toda la información que el gobierno o cualquier institución pública tenga, produzca o reciba es pública, a menos que la ley diga lo contrario. Cualquier persona puede pedirla y consultarla sin necesidad de explicar por qué la necesita. Las autoridades tienen la obligación de poner a tu alcance esa información por todos los medios posibles, como internet, ventanillas o documentos físicos. Esto aplica siempre y cuando se sigan las reglas que marca la ley. En pocas palabras, si es información del gobierno, en general tú tienes derecho a verla.
Texto oficial
Artículo 13. Toda la información pública generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y será accesible a cualquier persona, para lo que se deberán habilitar todos los medios, acciones y esfuerzos disponibles en los términos y condiciones que establezca esta Ley, la Ley General, así como demás normas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.