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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
134

Artículo 134 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) tiene que compartir y mantener al día mucha información para que cualquier persona pueda consultarla. Entre los datos que debe publicar están los planes de estudio de todas sus carreras, explicando qué materias se ven, cuánto duran, los créditos que valen y el perfil de los estudiantes. También debe mostrar cómo son los procesos para entrar a la universidad, los resultados de las evaluaciones de sus maestros y empleados, y los sueldos de los profesores incluyendo bonos o estímulos. Además, tiene que dar a conocer las becas que ofrece con sus requisitos, las fechas del calendario escolar, cuántos alumnos se gradúan cada ciclo y la lista de instituciones que están afiliadas a la UACM.

Texto oficial

Artículo 134. Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, deberá poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración del programa con las asignaturas por semestre, su valor en créditos y una descripción sintética para cada una de ellas; Toda la información relacionada con sus procedimientos de admisión; Los indicadores de resultados en las evaluaciones al desempeño de la planta académica y administrativa; Una lista de los profesores con licencia o en año sabático; Toda la información relacionada con sus procedimientos administrativos; La remuneración de los profesores, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto; El listado de las becas y apoyos que otorgan, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlos; Las convocatorias de los concursos de oposición; La información relativa a los procesos de selección de los consejos; Resultado de las evaluaciones del cuerpo docente; El listado de instituciones incorporadas y requisitos de incorporación; El número de estudiantes que egresan por ciclo escolar o por plantel; y El calendario del ciclo escolar. Sección Décima Primera De los Fideicomisos, Fondos Públicos y Otros Análogos

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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