- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 142
Artículo 142 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 142 dice que cuando el gobierno le da a una persona o empresa un permiso, una licencia o una autorización para hacer algo, los datos de ese permiso deben hacerse públicos. Ahí tiene que aparecer el nombre de la persona o empresa que lo recibió, para qué sirve ese permiso (por ejemplo, para operar un negocio o usar un recurso) y hasta cuándo es válido. Así cualquiera puede saber quién tiene el permiso, qué se le permitió hacer y por cuánto tiempo.
Texto oficial
Artículo 142. Tratándose de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar: Nombre o razón social del titular; Concepto de la concesión, autorización o permiso; y Vigencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.