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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
142

Artículo 142 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 142 dice que cuando el gobierno le da a una persona o empresa un permiso, una licencia o una autorización para hacer algo, los datos de ese permiso deben hacerse públicos. Ahí tiene que aparecer el nombre de la persona o empresa que lo recibió, para qué sirve ese permiso (por ejemplo, para operar un negocio o usar un recurso) y hasta cuándo es válido. Así cualquiera puede saber quién tiene el permiso, qué se le permitió hacer y por cuánto tiempo.

Texto oficial

Artículo 142. Tratándose de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar: Nombre o razón social del titular; Concepto de la concesión, autorización o permiso; y Vigencia.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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