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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
160

Artículo 160 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tú presentas una queja o denuncia al Instituto, ellos tienen tres días hábiles para decirte si la aceptan o no. Los días hábiles son los que no son sábado, domingo ni feriado. Una vez que la aceptan, tienen otros tres días para avisarle a la persona o institución que denunciaste que existe una queja en su contra. Así se aseguran de que todos estén enterados de lo que pasa.

Texto oficial

Artículo 160. El Instituto, en el ámbito de sus competencias, debe resolver sobre la admisión de la denuncia, dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción, notificando al Sujeto obligado la denuncia dentro de los tres días siguientes a su admisión.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.