- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ninguna oficina o institución del gobierno puede quitar de su página de internet o de los sitios oficiales del Instituto la información que está obligada a publicar. No importa la razón que tengan, no pueden borrar, esconder o eliminar esos datos de transparencia. Si lo hicieran, estarían violando la ley. Esto asegura que la información pública siempre esté disponible para ti.
Texto oficial
Artículo 26. Los sujetos obligados no podrán retirar las obligaciones de transparencia de sus portales de Internet o de las plataformas del Instituto por ningún motivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.