- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 261
Artículo 261 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un juez te ordena algo y no lo cumples ni tras las primeras acciones para obligarte, va a avisar a tu jefe o superior para que en máximo cinco días te ordene cumplir sin excusas. Si aun así no lo haces, las multas o castigos que antes podían aplicarte a ti ahora se los aplicarán a tu superior por no hacerte cumplir. Y si pasa todo ese tiempo y nadie obedece, el juez decidirá qué otras sanciones legales proceden, según lo que marque la ley.
Texto oficial
Artículo 261. Si con las medidas de apremio previstas en el Artículo anterior no se cumple con la determinación, se requerirá el cumplimiento al superior jerárquico para que en un plazo de cinco días lo instruya a cumplir sin demora. De persistir el incumplimiento, se aplicarán sobre el superior jerárquico las medidas de apremio establecidas en el Artículo anterior. Transcurrido el plazo, sin que se haya dado cumplimiento, se determinarán las sanciones que correspondan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.