- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 263
Artículo 263 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tiene hasta quince días para avisarte y hacer que se cumplan las sanciones o medidas que te imponga. Ese plazo empieza a contar desde el momento en que tú recibas la notificación de la medida. En palabras más sencillas, una vez que te avisen, el Instituto debe actuar rápido para que se aplique lo que te tocó, todo en quince días o menos.
Texto oficial
Artículo 263. El Instituto establecerá los mecanismos y plazos para la notificación y ejecución de las medidas de apremio que se apliquen, en un plazo máximo de quince días, contados a partir de que sea notificada la medida de apremio. Capítulo II De las Sanciones
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.