- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 85
Artículo 85 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el trabajo entre el Instituto y sus empleados se maneja con las reglas del apartado B del artículo 123 de la Constitución y con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que son las leyes que protegen a los empleados del gobierno. Además, todos los trabajadores del Instituto entran al sistema de seguridad social del ISSSTE, que es el que les da servicios médicos, préstamos y otros beneficios. En resumen, los empleados de este Instituto tienen los mismos derechos y prestaciones que cualquier otro trabajador del gobierno federal.
Texto oficial
Artículo 85. Las relaciones de trabajo establecidas entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por las disposiciones del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Dicho personal quedará incorporado al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.