- Ley
- Ley de Vivienda para la Ciudad De México
- Artículo
- 101
Artículo 101 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema de Información de la Vivienda sirve para juntar, crear y compartir los datos que se ocupen para planear, aplicar, revisar y calificar cómo va la política de vivienda en la Ciudad de México. También ayuda a que haya más y mejores opciones de vivienda disponibles. Este sistema debe ser parte del SIEDU (el sistema de información de desarrollo urbano) y tiene que estar publicado en el portal de la Secretaría, siguiendo las leyes que apliquen. Básicamente, es como una base de datos pública sobre vivienda para que todos puedan consultarla.
Texto oficial
Artículo 101. El Sistema de Información de la Vivienda tendrá por objeto integrar, generar y difundir la información que se requiera para la adecuada planeación, instrumentación, seguimiento y evaluación de la Política de Vivienda de la Ciudad de México, así como para el fortalecimiento de la oferta articulada de vivienda. Dicho sistema deberá formar parte del SIEDU, y ser publicado en el portal de la Secretaría, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.