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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-vivienda/103
Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
103

Artículo 103 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el Sistema de Información de la Vivienda se tiene que renovar, como cuando actualizas los datos de tu teléfono. Esto es para que la información que contiene siempre esté al día, sin datos viejos ni equivocados. Así, cuando consultes algo de vivienda, te salga información correcta y reciente, no de hace años. En pocas palabras, la ley obliga a que este sistema se actualice cada doce meses.

Texto oficial

Artículo 103. El Sistema de Información de la Vivienda deberá actualizarse anualmente.

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.