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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-vivienda/106
Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
106

Artículo 106 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de vivienda y cualquier oficina del gobierno que maneje dinero para construir casas deben decirle a la gente, de forma clara y a tiempo, cómo están usando esos recursos. Esto incluye explicar los programas y el destino del presupuesto, todo según lo que marca la ley. Así se asegura que tengas derecho a saber en qué se gasta el dinero público en vivienda.

Texto oficial

Artículo 106. Para garantizar el derecho a la información sobre el ejercicio de los recursos públicos, las autoridades de vivienda o cualquier otra entidad, dependencia u organismo público, relacionados con la producción de vivienda, comunicarán y difundirán con claridad y oportunidad, sobre los programas y ejercicio de dichos recursos, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables en la materia. TÍTULO X DE LAS SANCIONES CAPÍTULO ÚNICO

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.