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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-vivienda/34
Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer las políticas y programas de vivienda, el gobierno tiene que escuchar lo que proponen las empresas, las organizaciones sociales y cualquier persona interesada. Todas esas ideas se envían al Consejo de Vivienda, que es como un grupo que ayuda a tomar decisiones. El gobierno debe usar esas propuestas como base para crear sus planes.

Texto oficial

Artículo 34. Para la elaboración de la política y los programas de Vivienda adecuada, el ejecutivo tomará en cuenta y se apoyará en las propuestas que los sectores social, privado y los particulares interesados, envíen al Consejo de Vivienda. Artículo reformado G.O.CDMX 02/05/25

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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