- Ley
- Ley de Vivienda para la Ciudad De México
- Artículo
- 47
Artículo 47 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si metes ecotecnologías (como paneles solares o sistemas de ahorro de agua) a tu casa, deben ayudarte a ahorrar dinero. Tienen que cumplir con las reglas de la NAMA de Vivienda Sustentable o las reglas actuales sobre vivienda ecológica. Además, esas reglas deben tomar en cuenta cuánto ganas tú, la persona que recibe la casa o un crédito para comprarla.
Texto oficial
Artículo 47. Las ecotecnologías que se incorporen a las unidades de vivienda, deberán garantizar un ahorro, buscando cumplir con los estándares de la NAMA de Vivienda Sustentable o, en su caso, de la política de vivienda sustentable vigente, ligado al nivel de ingreso de la o el beneficiario de una acción habitacional o de un crédito para la obtención de una unidad de vivienda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.