- Ley
- Ley de Vivienda para la Ciudad De México
- Artículo
- 55
Artículo 55 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría y el Instituto van a incluir en los Programas de Vivienda reglas especiales para que los jóvenes puedan conseguir una casa más fácil. Estas reglas buscarán dos cosas: que se respeten sus derechos humanos y que haya igualdad en el entorno, es decir, que no haya discriminación. También procurarán que más jóvenes puedan participar y acceder a esos programas para comprar o tener una vivienda.
Texto oficial
Artículo 55. La Secretaría y el Instituto, establecerán en los Programas de Vivienda, los mecanismos necesarios a fin de facilitar el acceso a una vivienda a las y los jóvenes, de conformidad con lo siguiente: Promover el fortalecimiento de sus derechos humanos; y Procurar el establecimiento de condiciones de igualdad en el entorno físico, promoviendo la equidad y la participación social, con el propósito de ampliar la cobertura de atención para la adquisición de una vivienda y el acceso a los diversos Programas de Vivienda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.