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Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
94

Artículo 94 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las empresas construyen en la Ciudad de México, a veces tienen que pagar una cuota por hacer más grande o más denso un desarrollo. Ese dinero se usa para mejorar las calles, parques y todo lo que está alrededor de donde se construyó. El gobierno de la ciudad también puede proponer cambios a las leyes de desarrollo urbano para financiar proyectos de ordenamiento territorial y crecimiento sustentable. Además, la Secretaría de Finanzas puede sugerir que parte de ese dinero se use para comprar terrenos y construir viviendas de interés social o populares.

Texto oficial

Artículo 94. El Gobierno de la Ciudad de México, destinará los recursos recabados por concepto de mejoras, medidas de mitigación y/o incrementos a la densidad, por parte de empresas desarrolladoras, al mejoramiento del espacio público, infraestructura urbana y, en general, del entorno de la zona donde se llevó a cabo el desarrollo. Asimismo, podrá proponer modificaciones al Órgano Legislativo en materia de Desarrollo Urbano, a fin de contribuir al financiamiento e instrumentación del ordenamiento territorial, el Desarrollo Urbano Sustentable y el Desarrollo Metropolitano en condiciones de equidad, conforme a lo establecido en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. La Secretaría de Finanzas propondrá, conforme a sus atribuciones, asignar al Instituto un porcentaje de estos recursos para la adquisición de reservas territoriales para la construcción de vivienda de interés social y popular, así como para la producción social del hábitat y de vivienda.

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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