- Ley
- Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando entregues el Formato a algún doctor o enfermera, esa persona va a nombrar a alguien encargado de avisarle a la Coordinación Especializada. Ese encargado será quien dé el aviso, así que no tienes que hacerlo tú.
Texto oficial
Artículo 9. El personal de salud, ante quien se otorgó el Formato, nombrará un responsable que será encargado de dar aviso a la Coordinación Especializada. (Artículo reformado GODF 27/07/2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.