- Ley
- Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 34
Artículo 34 del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para inscribir o reinscribir a tu hijo en el CENDI (Centro de Desarrollo Infantil), tienes que cumplir con todos estos requisitos. Te piden llenar los datos que te soliciten, dar información de salud del niño y de ustedes como papás (para su historial clínico), y asegurar que el menor no tenga una enfermedad contagiosa. También debes entregar el acta de nacimiento (original y copia), fotos recientes tamaño infantil del niño y de las personas autorizadas para recogerlo, análisis de laboratorio del pequeño con menos de 30 días de vigencia, y su Cartilla Nacional de Vacunación con todas las vacunas al día. Además, necesitas firmar de acuerdo con el reglamento, dar copia de tu comprobante de domicilio y teléfono, y los materiales anuales que el niño requiera; si no entregas todo esto, no se considera hecha la inscripción.
Texto oficial
Artículo 34.- Son requisitos de inscripción y reinscripción al CENDI: a) Proporcionar los datos que sean solicitados por el CENDI para el registro de inscripción del infante; b) Informar los datos clínicos necesarios, tanto del infante como de sus padres, a efecto de elaborar el historial; c) No padecer enfermedad contagiosa o que resulte peligrosa para el menor y/o para la población del CENDI; d) Entregar original y copias fotográficas del acta de nacimiento; el Presentar dos fotografías recientes, tamaño infantil, del niño y dos del trabajador solicitante, el cónyuge y de tres personas que el padre de familia autorice para recogerlo; f) Entregar análisis de laboratorio del infante, cuya fecha de realización no tenga una antigüedad mayor a 30 días, que contenga resultados sobre biometría hemática, examen general de orina, coproparasitoscópico en serie de tres días, exudado faríngeo y antibiograma, grupo sanguíneo, factor R.H. g) Con base en la información obtenida mediante la historia clínica donde se observen alteraciones de la salud del menor, queda bajo la opinión de los especialistas del CENDI, solicitar del infante los estudios y/o interconsultas con los especialistas, según sea el caso, con el fin de valorar el ingreso o re-ingreso del menor. El infante que presente un padecimiento que requiera seguimiento especializado deberá notificar lo desde su historia clínica para que se le de seguimiento correspondiente y el alta de su médico tratante. h) Presentar la Cartilla Nacional de Vacunación del infante, en la que se verifique que ha recibido todas las vacunas, que conforme a su edad correspondan. i) Firma de conformidad el presente Reglamento. j) Entrega de copia del comprobante de domicilio y de teléfono de los padres; y. k) Entregar el material anual que requiera el infante durante su estancia en el CENDI. En caso de que los padres no cumplan con la totalidad de los requisitos señalados en el presente artículo, no se tendrá por inscrito o reinscrito al menor.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.