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Ley
Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Artículo
39

Artículo 39 del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres trabajador y estás divorciado, necesitas llevar al área de servicios la misma documentación que se pide en los artículos 33 y 34 de este reglamento. Además, debes presentar la resolución del divorcio donde diga claramente que tu hijo o hija (el que vas a inscribir) se queda bajo tu cuidado y responsabilidad (guarda y custodia). También tienes que entregar una copia certificada (oficial y firmada) de esa resolución.

Texto oficial

Artículo 39.- Los trabajadores divorciados entregarán la documentación a que se refieren los artículos 33 y 34 de este Reglamento, presentarán la resolución del divorcio en la que se señale que el hijo por inscribir ha quedado bajo su guarda y custodia, entregarán copia certificada de esta última. CAPITULO QUINTO DE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LAS ÁREAS

Ver texto oficial del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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