- Ley
- Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 39
Artículo 39 del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres trabajador y estás divorciado, necesitas llevar al área de servicios la misma documentación que se pide en los artículos 33 y 34 de este reglamento. Además, debes presentar la resolución del divorcio donde diga claramente que tu hijo o hija (el que vas a inscribir) se queda bajo tu cuidado y responsabilidad (guarda y custodia). También tienes que entregar una copia certificada (oficial y firmada) de esa resolución.
Texto oficial
Artículo 39.- Los trabajadores divorciados entregarán la documentación a que se refieren los artículos 33 y 34 de este Reglamento, presentarán la resolución del divorcio en la que se señale que el hijo por inscribir ha quedado bajo su guarda y custodia, entregarán copia certificada de esta última. CAPITULO QUINTO DE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LAS ÁREAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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