- Ley
- Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité Técnico es un grupo de personas que toman decisiones importantes sobre ciertos programas. Entre sus tareas está revisar y decidir si se puede hacer algún cambio a esos programas. También puede resolver asuntos internos del equipo cuando no haya una regla específica ya escrita. Además, el Comité tiene otras funciones que le otorguen el reglamento o cualquier otra ley relacionada.
Texto oficial
Artículo 13. Son facultades del Comité Técnico: I. Dictaminar las solicitudes de modificación a los Programas; II. Decidir cuestiones de organización interna cuando no exista disposición aplicable en el Reglamento; y III. Las demás que le atribuya el Reglamento y otros ordenamientos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.