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Ley
Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada asunto solo se puede discutir en tres vueltas. Antes de empezar a hablar del tema, los asistentes que tengan derecho a hacerlo le piden al Presidente su turno para hablar. Una vez que ya empezó la discusión, no se puede detener hasta que ya no haya más qué decir del asunto y todos estén de acuerdo en que ya se habló lo suficiente.

Texto oficial

Artículo 37. La discusión de los asuntos se llevará a cabo únicamente en tres rondas. Cada ronda estará determinada por el número de asistentes con derecho de voz que soliciten al Presidente el uso de la palabra para un asunto en particular antes de iniciar la discusión del mismo. Una vez iniciada la discusión de un asunto, la sesión no podrá suspenderse sino hasta quedar suficientemente discutido.

Ver texto oficial del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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