- Ley
- Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 7
Artículo 7 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Comité Técnico, que es un grupo de personas que toma decisiones, está formado por doce diferentes áreas del gobierno, cada una manda a una sola persona para que las represente. En la lista están dependencias como la Secretaría de Desarrollo Urbano, la del Medio Ambiente, la de Protección Civil y otras, además de la empresa de agua de la Ciudad de México y la delegación que toque. También incluye a una persona de la Asamblea y a otra del grupo de vecinos de la colonia donde está el terreno del que se está hablando, pero esta última solo puede dar su opinión y consejo, sin derecho a votar. Por último, la Secretaría de Gobierno también participa, pero nada más para asesorar, sin poder votar.
Texto oficial
Artículo 7. El Comité Técnico estará integrado por un representante de: I. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda; II. La Secretaría de Desarrollo Económico; III. La Secretaría del Medio Ambiente; IV. La Secretaría de Transportes y Vialidad; V. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales; VI. La Secretaría de Protección Civil; VII. La Secretaría de Cultura; VIII. El Sistema de Aguas de la Ciudad de México; IX. La Delegación Correspondiente; X. La Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la Asamblea; XI. El Coordinador de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del órgano de representación ciudadana que corresponda, de conformidad con la Ley de la materia, a la unidad territorial en donde se ubique el predio que sea materia de la modificación solicitada, y XII. La Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección General de Regularización Territorial, participando con Voz y como instancia de coadyuvancia y asesoría técnica
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.