Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-consejo-consultivo-ciudadano-instituto-mujeres-distrito-federal/37
Ley
Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, en la última junta del Consejo, se van a elegir a cuatro consejeros o consejeras. Ellos, junto con la persona que preside, serán los que representen al Consejo frente a la Junta, tal como lo marca la ley. Esos cuatro representantes se van a cambiar cada año al mismo tiempo que la presidencia.

Texto oficial

ARTÍCULO 37. Cada año, en la última sesión del Consejo, el Pleno nombrará a cuatro de las Consejeras (os) quienes, junto con la Presidencia, lo representarán ante la Junta en los términos del artículo 10, fracción V de la Ley, las cuatro Consejeras (os) representantes se renovarán anualmente junto con la Presidencia.

Ver texto oficial del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.